Dª Ana Isabel González Peinado, Letrado de la Administración de Justicia de jdo. de lo mercantil n. 2 de Murcia, por el presente,
Hago saber:
1º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº CNA 426/2015 con se ha dictado en fecha 12 de julio de 2019 auto de conclusión de concurso voluntario del deudor Repostalia, S.L. con cif b73612970 acordando la conclusión y archivo de las actuaciones.
2º Se acuerda la extinción de la persona jurídica, así como la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos.
3º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes
4º Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso
5º Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.
Murcia, 15 de julio de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.
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