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Documento BOE-B-2019-32573

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 22 de julio de 2019, páginas 41181 a 41181 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-32573

TEXTO

D. JOSÉ VÍCTOR SANZ GORDÓN, Letrado Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de VALENCIA,

Por el presente HAGO SABER: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso voluntario de acreedores num. 000694/2012 de la mercantil CONSTRUCCIONES SALVADOR MICO SLU y D. SALVADOR MICO GARCIA, habiéndose dictado en fecha 11/07/2019 Auto de autorización de venta directa cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

".- Conceder la autorización de venta directa, como alternativa a la realización liquidatoria de bienes hipotecados, a la Administración Concursal del presente concurso, sobre los siguientes bienes:

1.- Finca registral nº 8.054 y 8.056 del Registro de la Propiedad de Gandía nº 2, titularidad de la mercantil concursada CONSTRUCCIONES SALVADOR MICO SLU, a favor de GOMEZ Y CABALLERO CONSULTING SL, por la suma de 127.500 euros por la finca 8.054 y 137.500 euros por la finca 8.056, bajo las condiciones que en su día se estipularon y que constan en la propuesta de compra de fecha 5 de abril de 2019 acompañada al escrito presentado por el Administrador Concursal.

2.- Finca registral nº 77.571 del Registro de la Propiedad de Gandía nº 2, titularidad de la mercantil concursada CONSTRUCCIONES SALVADOR MICO SLU, a favor de GOMEZ Y CABALLERO CONSULTING SL, por la suma de 270.000 euros, bajo las condiciones que en su día se estipularon y que constan en la propuesta de compra de fecha 27 de mayo de 2019 acompañada al escrito presentado por el Administrador Concursal.

3.- Finca registral nº 1.158 del Registro de la Propiedad de Gandía nº 2, titularidad del concursado D. SALVADOR MICO GARCIA, a favor de SKY CIM SPAIN SLU, por la suma de 107.357 euros, bajo las condiciones que en su día se estipularon y que constan en la propuesta de compra de fecha 11 de junio de 2019 acompañada al escrito presentado por el Administrador Concursal.

.- Procédase, antes de la ejecución de dicha venta, a otorgar la publicidad legal de las ofertas, consistente en la misma publicidad que corresponde a la subasta del bien, por un plazo de 10 días, con prevención de que dentro de tal plazo podrá presentarse tercero que mejore aquel precio, abriéndose en tal caso licitación entre los interesados. Transcurrido dicho plazo sin postor alternativo, tendrá plena efectividad la autorización concedida. "

Valencia, 11 de julio de 2019.- El Letrado Administración de Justicia, José Víctor Sanz Gordón.

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