EDICTO
D./Dª. Luis Marugán Cid, Letrado del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Ávila, con funciones de Juzgado de lo Mercantil, por el presente,
Hago saber:
En este órgano judicial se tramita Seccion I Declaracion Concurso 000649 /2013, relativo al concursado Construcciones Mugasa 3 S.L., CIF B05152103, en el que se ha dictado auto de conclusión del concurso en fecha 09/07/2019 y cuya parte dispositiva dispone:
Declarar la conclusión y archivo del concurso voluntario de acreedores de Construcciones Mugasa 3 S.L., CIF B05152103.
Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.
Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que correspondan, a cuyo efecto expídanse los correspondientes mandamientos, firme la resolución.
Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal y el cese de su actuación.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 177.1 LC).
Ávila, 11 de julio de 2019.- El/la Letrado de la Administración de Justicia,, Luis Marugán Cid.
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