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Documento BOE-B-2019-33816

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 31 de julio de 2019, páginas 42962 a 42962 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-33816

TEXTO

Edicto

Doña Cristina Gil Fabregat, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, por el presente,

Hago saber:

Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Ordinario (Cno) - 000946/2011 Voluntario, entre otros, de los deudores Concursados D.ª Ángeles Gómez Cebrian, con CIF 05.099.766-Ey D. Antonio Cano Gonzalez, con CIF. 05.090.033-H, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha diecisiete de julio de dos mil diecinueve por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso de ambos deudores por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones y la concesión de beneficio provisional de exoneración del pasivo insatisfecho, que tendrá una duración de 5 años, contados de fecha a fecha desde la presente resolución salvo revocación expresa, con todos los efectos previstos en el fundamento de derecho tercero de la resolución. Los deudores quedan responsables del pago de los créditos restantes no afectados por la exención declarada conforme a lo expuesto en el fundamento de derecho tercero de la resolución (art. 178 bis)

Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.

Valencia, 17 de julio de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Cristina Gil Fabregat.

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