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Documento BOE-B-2019-33924

GANDÍA

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 1 de agosto de 2019, páginas 43155 a 43155 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-33924

TEXTO

Don Enrique Ferri Borras, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Gandía,

Hago saber:

Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concurso ordinario 248/19 en el que se ha dictadoauto declarando en estado de concurso a D. Vicente Cuenca Pérez, con NIF25.393.285-C, respectivamente y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 46131- 42 -1- 2019 - 0001069.

Tipo de concurso: Concurso ordinario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de las personas naturales en concurso.

Concursado: Vicente Cuenca Pérez, con domicilio en Calle del Rap, 9, de Oliva.

Administración concursal: Antonio Segui Alcaraz, con domicilio en calle Ramón Campoamor, n° 102-23, de Valencia, con correo electrónico concursovicentecuenca@gmail.com

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al arto 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o intormes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse:

Gandia, 11 de junio de 2019.- Letrado Administración de Justicia, Enrique Ferri Borras.

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