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Documento BOE-B-2019-34201

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 3 de agosto de 2019, páginas 43562 a 43562 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-34201

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla,

Anuncia

Que en el procedimiento número 262/2017, por Auto n.º 266/2019 de fecha 25 de julio de 2019, se ha dictado Auto de Conclusión del Concurso, correspondiente al deudor BOIZUCOM, S.L.U., con CIF B90168162.

La parte dispositiva de la citada resolución, en extracto dice lo siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

1) La conclusión del proceso concursal de BOIZUCOM, S.L.U., con CIF B90168162 y domicilio en Sevilla, Avda. Diego Martínez Barrio, 10, Edif. Insur, local B, CP 41013 Sevilla, llevado en este mismo Juzgado con el n.º 262/17. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición. Se aprueba la rendición de cuentas del AC.

2) El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este Juzgado le extendió en el plazo de 5 días.

3) La declaración de extinción de la sociedad BOIZUCOM, S.L.U., con CIF B90168162 y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil y en los demás públicos que corresponda. Expídase mandamiento al Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.

Sevilla, 30 de julio de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Juana Gálvez Muñoz.

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