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Documento BOE-B-2019-34379

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 5 de agosto de 2019, páginas 43762 a 43762 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-34379

TEXTO

Edicto.

Doña Alicia de la Torre Duñaiturria, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil, n.º 1, de Girona, al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial en fecha 22 de julio de 2019, en el concurso voluntario abreviado núm. 1150/2019, de la mercantil INDUSTRIAS DEL ENVASE Y CONTRACHAPEADOS, S.A.U., hago saber:

Número de asunto: Concurso abreviado 1150/2019.

Fecha del auto de declaración: 22 de julio de 2019.

Clase de concurso: Voluntario abreviado.

Entidad concursada: Industrias del Envase y Contrachapeados, S.A.U., con CIF: A17027343 y domicilio en Cami Vell de Tor a la Tallada, 4 de Tor, 17134 (Girona).

Administradores concursales.

Se ha designado como Administrador concursal:

A la sociedad Ast Concursal Law S.L.P, quien designa a doña Judith Fajaula Payet.

Dirección postal: Plaça Catalunya,14,CP. 17004 de Girona.

Dirección electrónica: info@astconcursal.com

Régimen de las facultades del concursado. Le son suspendidas las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio y cesados sus administradores quedando sustituidos éstos por la Administración Concursal.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en avenida Ramon Folch, 4-6, Girona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en esta Oficina judicial.

Asimismo, se hace saber que en el Auto de declaración de concurso se ha acordado la inmediata apertura de la fase de liquidación, ordenándose la disolución de la sociedad mercantil concursada y el cese de sus administradores, quedando sustituidos éstos por la Administración Concursal.

Girona, 24 de julio de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Alicia de la Torre Duñaiturria.

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