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Documento BOE-B-2019-43895

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 18 de octubre de 2019, páginas 56396 a 56396 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-43895

TEXTO

Edicto

Doña Pilar Solanot Garcia, Letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente

Hago Saber:

Que en el procedimiento Concurso Abreviado (CNA) - 000237/2015 - D sobre declaración de Concurso de la Mercantil Promociones FM, S.L., con domicilio en calle Pi y Margall, n.º 42, Elda, 03600, Alicante y C.I.F. número B03108891, se ha dictado auto de fecha 24 de septiembre de 2019, que contiene, entre otros, los siguientes pronuniciamientos:

1.º - Concluir el presente procedimiento Concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.

2.º - Cesar las limitaciones de las facultades de Administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.

3.º - Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.

4.º - Aprobar la rendición de cuentas de la Administración concursal.

5.º - Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo.

6.º - La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.

El cómputo de los plazos que se contengan en esta resolución y/o los plazos para la interposición de los recursos contra la misma en caso de no ser firme, se iniciarán para las partes personadas en el procedimiento desde su notificación por lexnet y para los no personados desde su plicación en el RPC.

Modo de Impugnación: no cabe recurso alguno.

Se expide el presente en

Alicante, 24 de septiembre de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, doña Pilar Solanot García.

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