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Documento BOE-B-2019-44672

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 22 de octubre de 2019, páginas 57321 a 57321 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-44672

TEXTO

EDICTO

Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n° 11 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 1462/2019 Sección: C.

NIG: 0801947120198014982.

Fecha del auto de declaración. 8 de julio de 2019.

Clase de concurso. Voluntario.

Entidad concursada. Jordi Espejo Luque, con DNI 46.583.598-L.

Administradores concursales. Se ha designado como Administrador concursal a FERMÍ ARIAS MARTÍNEZ con DNI 38.501.151-W y domicilio profesional en calle Hercegovina n° 33, bajos de Barcelona 08006. Teléfono 93.187.85.85 y fax n° 93.209.08.01 y correo electrónico info@admicoconcursal.com

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administracion concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la Iista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Se tiene por presentado Plan de Liquidación o alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones sin que sea preciso la apertura de la sección 5ª.

Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 75 LC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 95 LC. En tal sentido, la administración concursal comunicará telemáticamente el informe a los acreedores de cuya dirección electrónica se tenga conocimiento.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 24 de julio de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Francisco Velasco García-Plata.

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