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Documento BOE-B-2019-46194

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 31 de octubre de 2019, páginas 59239 a 59239 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-46194

TEXTO

En el Juzgado Mercantil 1 de Murcia se ha dictado el presente edicto:

1.- Que en sección I declaración de concurso 591/19 y n.i.g. 30030 47 1 2019 0001170, seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 18 de octubre de 2019 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Soluciones Técnicas Digitales, S.L., con CIF B73483281, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Cieza nº 13, Pol. Ind. La Polvorista, Molina de Segura, Murcia.

2.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor, siendo sustituidas por la Administración concursal.

3.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la lc, será de un mes desde la publicación de la presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede en el juzgado o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.- La identidad de la administración concursal es la siguiente: El economista-auditor José María Moreno García con dni 22468212-H, quien lo hace en nombre y representación de la sociedad nombrada administrador concursal Polo de Medina Procedimientos Concursales, S.L.P., con CIF B73789653 y domicilio profesional en calle Polo de Medina nº 21, 3º, 30004 de Murcia, con Teléfono 968 221 922, e-mail josemaria@consejerosauditores.com a los efectos del art. 30 de la Ley Concursal.

5.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procuradora y asistidos de Abogado7a (artículo 184.3 LC).

6.- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso será la del Registro Público Concursal.

Murcia, 24 de octubre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

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