BDNS(Identif.):480973
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial (http://www.inta.es)
Primero. Beneficiarios:
Titulados universitarios de nacionalidad española o de un país miembro de la Unión Europea, o extranjeros residentes en España en el momento de solicitar la beca que se encuentren en posesión del título de graduado, licenciado, ingeniero o equivalentes, siempre que hayan terminado sus estudios, y solicitado el título correspondiente, en los cuatro años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria.
Segundo. Finalidad:
Contribuir a la formación teórico-práctica y el perfeccionamiento tecnológico de recién titulados en las materias y proyectos propios del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" y facilitar su incorporación al mundo laboral.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden DEF/868/2019, de 26 de julio, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 189 el 8 de agosto de 2019, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas».
Cuarto. Cuantía y duración de las becas
El importe máximo imputable a esta convocatoria es de 204.295,72 euros. La cuantía individual de la beca será de 12.000 euros anuales. Los importes se abonarán por mensualidades vencidas, a razón de 1.000 euros brutos mensuales.
La duración de las becas será de dos años, pudiendo ser prorrogadas, por un año más, siempre que el plan formativo lo contemple y exista disponibilidad presupuestaria
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.
Sexto. Otros datos:
La cumplimentación y presentación de las solicitudes se realizará, preferentemente, a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa en la dirección http://sede.defensa.gob.es/acceda/ en el enlace "Procedimientos" "INTA-Becas" (Se recomienda utilizar CL@VE). La solicitud estará cumplimentada, correctamente, una vez que el ciudadano haya firmado la solicitud y obtenga un justificante en pdf con el sello del registro electrónico del Ministerio de Defensa.
También podrán presentarse en el Registro General del INTA sito en Ctra. de Torrejón-Ajalvir Km. 4, 28850-Torrejón de Ardoz (Madrid), o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Torrejón de Ardoz, 6 de noviembre de 2019.- EL Director General. P.D. (Resolución 3D0/38215/2018, de 17 de julio, del INTA). EL Secretario General, Luis Antonio Boixareu Torres.
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