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Documento BOE-B-2019-50049

TERUEL

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 21 de noviembre de 2019, páginas 64363 a 64363 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-50049

TEXTO

Doña Jara Naya Alfranca, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción y de lo Mercantil nº 1 de Teruel,

Anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 82/2013 referente a la mercantil VALDEPLANA RESIDENCIAL, S.L., representada por la Procuradora señora Bernal Rubio, por auto de fecha 31 de julio de 2019, que es firme, se ha acordado la conclusión del concurso, pudiendo los acreedores ejercitar las acciones que les correspondan.

Su parte dispositiva, en lo que resulta necesario, es del siguiente tenor literal:

"Segundo: Se acuerda LA CONCLUSIÓN del presente concurso por la vía del art. 176 bis LC en atención a la insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica de la mercantil VALDEPLANA RESIDENCIAL, S.L., y en consecuencia líbrese mandamiento a los registros públicos correspondientes para la correspondiente cancelación de su inscripción.

Notifíquese la presente resolución haciendo saber que contra la declaración de conclusión del concurso no cabe recurso de apelación, debiendo haberse formulado oposición en el trámite de audiencia al informe de la AC interesando la conclusión.

Asimismo hágase saber y con relación a la declaración de aprobación de las cuentas, y encontrándonos en fase de liquidación, que contra ella cabe interponer recurso de APELACIÓN conforme establece el art. 197.4 LC que se tramitará con carácter preferente."

Teruel, 18 de octubre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Jara Naya Alfranca.

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