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Documento BOE-B-2019-50159

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 22 de noviembre de 2019, páginas 64527 a 64527 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-50159

TEXTO

Edicto de declaración de concurso

Alicia de la Torre Duñaiturria, la letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Girona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto: 1248/2019 sección: G

Fecha del auto de declaración: 25 de septiembre de 2019.

Clase de concurso: Voluntario abreviado.

Entidad concursada. Mundo Arcoiris sin limites, Sociedad Limitada, con B55240360.

CIF de la concursada: B-55240360

Domicilio social de la concursada: Calle Banyoles, número 2, código postal 17850 Besalú ( Girona )

Administrador concursal: Cinc Conselleria Jurídica, SLP

-Dirección postal: calle Güell, número 58, edificio Cinc Girona, código postal 17001 ciudad de Girona

-Dirección electrónica: concursomundoarcoiris@cinc.es

Régimen de las facultades del concursado: La concursada mercantil tiene suspendidas las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio y cesados sus administradores o liquidadores, quedando sustituidos éstos por la administración concursal.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben poner en conocimiento de la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de un mes posterior a la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse mediante abogado y procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado mercantil número 1 de Girona ( Avenida Ramon Folch, número 4-6 de Girona.

Asimismo, se hace saber que en el Auto de declaración de concurso, se ha acordado la inmediata apertura de la fase de liquidación, ordenándose la disolución de la sociedad mercantil y el cese de los administradores o liquidadores de la concursada, quedando sustituidos éstos por la administración concursal.

Girona, 8 de octubre de 2019.- La letrada de la administración de justicia, Alicia de Torre Duñaiturria.

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