Doña Alicia de la Torre Duñaiturria, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil nº 1 de Girona,
Hago saber:
Que en el Concurso Voluntario Ordinario núm. 284/2015 Sección B, se ha acordado mediante Auto de fecha 25 de octubre de 2019 la conclusión y el archivo por inexistencia de bienes y derechos del procedimiento concursal de la mercantil FINQUES FONTAJAU, S.L., con domicilio social sito en la calle Josep Viader i Moliner, núm. 2 de la ciudad de Girona CP 17005 (Girona), provista de CIF nº B-17.424.011 y cesando cualquier limitación de las facultades de administración y disposición de la concursada mercantil, subsistentes a la fecha de la citada resolución de conclusión de concurso.
En cumplimiento del Real decreto 3/09 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de conclusión de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la L.C.
Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el art. 177.3 de la L.C. en relación con el segundo párrafo del art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente.
Girona, 4 de noviembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Alicia de la Torre Duñaiturria.
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