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Documento BOE-B-2019-53826

LUGO

Publicado en:
«BOE» núm. 300, de 14 de diciembre de 2019, páginas 69434 a 69435 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-53826

TEXTO

EDICTO

Don Francisco Julián Hinojal Gijón, Letrado de la Administracion de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia 2 Mercantil de la provincia de Lugo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC).

Anuncia

1.- Que en el procedimiento número 1376/19, referido al concursado Mavieira, S.L., B70285901, la administración ha solicitado autorización de venta en fase común de determinados bienes del concurso, habiendo recibido la oferta que se detalla:

EXPONE:

. Que he recibido oferta realizada por Ignacio Díaz de Aguilar en representación como mandatario verbal de HOOPOE VILLAS, S.L., con C.I.F. B76293745, con fecha 31 de octubre de 2019, por una serie de activos pertenecientes a eta entidad en concurso de acreedores.

. La operación de elevación a público de la compraventa sería realizada por Hoopoe Villas, S.L., o por entidad o entidades designadas por ella, siempre y cuando no exista ningún tipo de vinculación de estas con la concursada, sus socios o administradores.

. Los activos por los que se realiza la oferta son los siguientes:

SITUACION FINCA REGISTRAL VALOR CARGAS

1.- Yaiza 21495 R.P. Tias 4.211.918€ Hipotecaria.

Coste Urbaniz.

2.- Barbadas 13319 R.P. Ourense 2 87.851€ Hipotecaria.

3.- Chozas de Abajo 9844 R.P. Leon 4 41.000€ Hipotecaria.

. Dichos activos han sido tasados por ST Sociedad de Tasación y TINSA (Sociedades inscritas en el Registro de Entidades especializadas en tasación del Banco de España) en abril y mayo del 2019, dando como valor de mercado la cantidad de 4.340.769 euros.

(se adjuntan certificados de tasación).

. Estos bienes están gravados, con garantía hipotecaria por un Préstamo Sindicado de Reestructuración nº 500-5803-000004-1 Tramo B, según escritura de préstamo hipotecario de 6 de agosto de 2008, por un importe total de 19.762.247,70 euros. Este crédito será sido calificado como privilegio especial en el Informe provisional de la Administración Concursal.

Dada la condición de acreedores con privilegio especial por este préstamo, el crédito reconocido se verá incrementado con los correspondientes intereses ordinarios y de demora, que serán exigibles hasta donde alcance la responsabilidad hipotecaria, como crédito contingente privilegio especial sin cuantía.

. A su vez, tal y como consta en el certificado de tasación, la finca 21495 tiene como carga un coste de urbanización de 1.916.039 euros.

. Los bienes objetos de venta son los propios de la actividad de la entidad concursada, ya que esta es una entidad dedicada a la promoción inmobiliaria, y los bienes han sido adquiridos por ella para su venta o promoción.

. Las condiciones de la compra serían las siguientes:

a) Abono de 40.000 euros en efectivo en el momento de la compraventa.

b) Cancelación simultánea de la deuda con las entidades financieras por importe de 19.762.247.70 euros contra la entrega de 4.000.000 euros.

c) Asunción por la compradora de la carga urbanística de la parcela por importe de 1.916.039 euros.

. Que no existe tesorería en la entidad para cubrir los créditos contra la masa que se están devengando.

. Teniendo en cuenta que existe un crédito privilegiado que ostenta el Sindicato Bancario, y que dicha crédito se cancela por este en el mismo acto de la compraventa, se hace necesaria la Autorización expresa de la operación de compraventa por parte de los bancos que lo componen.

Conforme el art. 155 de la Ley concursal se procede a dar conocimiento de la solicitud la autorización judicial y sus condiciones haciendo saber a cualquier interesado que si dentro de los diez días siguientes a esta publicación se presentara mejor postor se acordará abrir licitación entre todos los oferentes y acordará la fianza que hayan de prestar.

Lugo, 4 de diciembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Francisco Julián Hinojal Gijón.

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