Edicto
Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de A Coruña, por el presente,
Hago saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número de concurso arriba referenciado 420/2017-C relativos al deudor GAVIOTA TEXTIL XXI, S.L., con CIF B70360979 se ha dictado en fecha 9 de julio de 2019 el Auto de Conclusión en el que se acordó:
1.- Declarar concluso el procedimiento concursal registrado número 420/2017 referente al deudor GAVIOTA TEXTIL XXI, S.L. por finalización de las operaciones de liquidación.
La Administración concursal presentará, en su caso, un informe justificativo del destino dado a los importes que figuran al Hecho Cuarto.
2.- Decretar el archivo de las actuaciones.
3.- El cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes, salvo las que en su caso se contuvieren en la sentencia firme de calificación.
4.- La extinción de la persona jurídica deudora.
5.- Librar mandamiento de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.
6.- Anunciar esta resolución en el Boletín Oficial del Estado.
7.- Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales y administrativos que acordaron la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.
8.- Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la Administración concursal.
Contra este auto no cabe recurso alguno ( artículo 177.1 de la LC).
A Coruña, 19 de julio de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.
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