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Documento BOE-B-2019-55923

Acuerdos adoptados en la Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A. celebrada el día 12 de diciembre de 2019.

Publicado en:
«BOE» núm. 308, de 24 de diciembre de 2019, páginas 72224 a 72224 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica
Referencia:
BOE-B-2019-55923

TEXTO

En la Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A. celebrada el pasado 12 de diciembre de 2019, se aprobaron los siguientes acuerdos:

Respecto al Punto 7, aprobado por unanimidad, se adoptó establecer para el año hidrológico 2019-2020 una reducción del 24% de los derechos concesionales a todos los aprovechamientos de aguas del sistema de los ríos Segura, Mundo y Quípar que no tengan la consideración de regadíos tradicionales anteriores al año 1933 (aprovechamientos "no tradicionales").Establecer para el año hidrológico 2019-2020 una reducción del 15% de los derechos concesionales a todos los aprovechamientos de aguas del sistema de los ríos Segura, Mundo y Quípar que tengan la consideración de regadíos tradicionales anteriores al año 1933 (aprovechamientos "tradicionales"). Los acuerdos de los apartados primero y segundo serán, en su caso, revisables durante el mes de febrero de 2020.

Respecto al Punto 8, aprobado por unanimidad, se acordó considerar no computable a efectos de consumo en toma el agua desembalsada desde el embalse de Santomera, hasta el 2 de diciembre, y en el ámbito de las tomas ubicadas desde el Azud de los Huertos hasta desembocadura, incluida la toma del Azud los Huertos. El acuerdo viene motivado por la baja calidad del agua procedente del embalse de Santomera junto con las normas de explotación del embalse, que requieren que se realice obligatoriamente ese desembalse reduciendo consecuentemente la calidad del agua que normalmente se recibe en las tomas afectadas. A efectos de cómputo en toma, este acuerdo se traduce en una reducción del volumen registrado en toma equivalente al porcentaje estimado de volumen de caudal procedente de agua de Santomera dentro del caudal total circulante. Esta estimación se realiza a escala diaria y en la sección de río aguas arriba del Azud de los Huertos, corrigiendo el caudal derivado en las tomas afectadas cada día.

Respecto al Punto 9, aprobado por mayoría, se acordó autorizar la tramitación de la aprobación de la propuesta de tarifa de utilización de las instalaciones vinculadas a la Rambla del Albujón, consistiendo esta en 0,16464 euros/m3 para los recursos procedentes de la misma y Red de Drenajes del Campo de Cartagena y 0,04088 euros/m3 para los recursos procedentes de la EDAR de San Pedro del Pinatar, tarifa cuya aprobación seguirá el trámite preceptivo del texto refundido de la Ley de Aguas.

Por ello y según el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, procede publicar los citados acuerdos en el Boletín Oficial del Estado.

Murcia, 17 de diciembre de 2019.- La Secretaria General, Mónica Gonzalo Martínez.

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