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Documento BOE-B-2019-6100

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 39, de 14 de febrero de 2019, páginas 7735 a 7735 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-6100

TEXTO

María Amor Rodríguez Díaz, Letrada de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo, por el presente, hago saber:

1.º- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 14/2019 (N.I.G. 33044 47 1 2019 0000038), el Sr. Magistrado don Alfonso Muñoz Paredes ha dictado en fecha 31/1/19 AUTO, que no es firme, declarando en Concurso Voluntario y Abreviado al deudor TALLERES R. LOS ALVAREZ, S.L. (CIF.: B-33071960), con domicilio sito en SENRIELLA, S/N - UJO - MIERES - ASTURIAS.

2.º- Se ha nombrado como Administración concursal a JUAN JOSE ASTORGANO ALVAREZ, quien de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.1 párrafo segundo de la Ley Concursal, ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración concursal, el siguiente c/ ROSAL N.° 61 - BAJO POSTERIOR, C.P. 33009, OVIEDO, así como la siguiente dirección electrónica secretaria@astorgano.com, pudiendo dirigir los acreedores concúrsales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado.

El horario de atención al público designado por la Administración concursal es de 10:00 a 13:00 horas y de 17:00 a 20:00 horas de lunes a jueves y los viernes de 10:00 a 13:00 horas.

Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el articulo 85 de la Ley Concursal.

3.º- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la Administración concursal designada, mediante su autorización o conformidad.

Oviedo, 5 de febrero de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Amor Rodríguez Díaz.

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