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Documento BOE-B-2019-7267

PICASSENT

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 22 de febrero de 2019, páginas 9247 a 9248 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-7267

TEXTO

Doña Sara Guillen Marzal, Letrada de la Administración de Justicia del juzgado de Primera Instancia e Instrucción, número 3, de Picassent, por la presente,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores Abreviado numero 603/17, habiéndose dictado en fecha 29 de enero de 2019, por el Ilustrísimo señor Magistrado Juez de este Juzgado, auto de Conclusión de concurso voluntario de acreedores de don Enrique Lisarde Cifre, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva.

Acuerdo:

1.- Se declara la Conclusión de Concurso Abreviado Voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 603/17, promovido por el Procurador don Señero Herrero de Lara, en nombre y representación del deudor don Enrique Lisarde Cifre y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.

2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

3.- Se acuerda disponer el cese del administrador concursal don José Antonio Sánchez Carrasco, con dni número 25404050K, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

4.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 5/11/18.

5.- Los deudores quedan responsables de los créditos que hayan quedado pendientes, y por tanto, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de la forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del RDL 3/2019) y en el BORME, y asimismo en el Tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al Procurador del concursado don Gonzalo Herrero de Lara a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.

Llévese el original al libro de Autos Definitivos, dejando copia testimoniada en su lugar, e igualmente llévese testimonio de ésta resolución a la Sección 2 del Concurso.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, a los concursados y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 177.7 Ley Concursal).

Así por Auto, lo pronuncia, manda y firme Su Señoría. Doy fe.

Picassent, 12 de febrero de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Sara Guillén Marzal.

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