El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, Sección Segunda, en cumplimiento de lo acordado en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Que en el procedimiento número 463/17-2, referente al deudor Tiendas San Buenaventura, S.L., con CIF n.º B-90047507 y domicilio social en calle Carlos Cañal, nº 28, en Sevilla, por auto de fecha diecinueve de febrero de dos mil diecinueve se ha acordado lo siguiente:
1.- La conclusión del proceso concursal de la entidad Tiendas San Buenaventura, S.L., llevado en este mismo Juzgado con el número 463/17. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2.- El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días.
3.- La declaración de extinción de la sociedad Tiendas San Buenaventura, S.L. y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia.
Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.
Sevilla, 21 de febrero de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.
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