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Documento BOE-B-2019-8268

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental por el que se somete a información pública el "Estudio de delimitación de tramo urbano-travesía del trazado colindante con el núcleo urbano de la Caleta –Salobreña- (Granada), entre el P.K. 324+850 y el P.K. 325+450 de la carretera N-340".

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 2019, páginas 10383 a 10384 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2019-8268

TEXTO

Con fecha 26 de noviembre de 2018 el Subdirector General de Explotación. P.D. del Director General de Carreteras (Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio), ha resuelto:

1. Aprobar provisionalmente el Estudio de Delimitación de Tramo Urbano en cada margen de la carretera N-340, a su paso por el núcleo urbano de La Caleta, en el municipio de Salobreña (Granada), de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 37 /2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, según lo siguiente:

· Delimitar como tramos urbanos los siguientes:

o Del p.k. 324+820 al 325+300 por ambas márgenes.

o Del p.k. 325+300 al 325+350 por la margen izquierda.

o Del p.k. 325+400 al 325+455 por la margen izquierda.

o Del p.k. 325+455 al 325+515 por la margen derecha.

· Delimitar como travesía el tramo entre los pp.kk. 325+095 y 325+350.

· Para la definición de la zona de dominio público, considerar 3 metros desde la arista de los bordillos, el fin de los arcenes, la intersección del talud con el terreno natural o el borde más alejado de la cuneta, medidos horizontalmente y perpendicularmente a la arista considerada.

· En cuanto a la zona de servidumbre, se consideran dos franjas a ambos lados de la carretera delimitadas por la zona de dominio público en el interior y en el exterior por una línea a 8 metros de la arista exterior de la explanación, medidos horizontalmente y perpendicularmente a la arista considerada de la misma manera que en el caso del dominio público.

· Fijar, en consonancia con el vigente ordenamiento urbanístico municipal, para el tramo urbano de la N-340 definido anteriormente, la línea límite de edificación de acuerdo a la línea recogida en el PGOU de Salobreña publicado en el BOP el 22 de octubre de 2003.

· Para aquellas edificaciones consolidadas que se ubiquen interiormente a la zona de dominio público de la carretera se aplicará la disposición transitoria segunda de la Ley de Carreteras, haciendo coincidir la línea límite de edificación con el límite exterior de la zona de dominio público.

2. Tramitar el Estudio de Delimitación de Tramo Urbano modificado según el procedimiento establecido en el artículo 48 de la Ley 37 /2015, de 29 de septiembre, de carreteras, lo cual supone:

- Notificar el Estudio a la Junta de Andalucía y al Excmo. Ayuntamiento de Salobreña (Granada), a fin de que, en el plazo de dos meses, emitan informe.

- Someter a información pública el Estudio, por un plazo de 30 días hábiles, anunciándolo en el Boletín Oficial del Estado, en la página Web del Ministerio de Fomento http://mfom.es/participacion-publica, y en el Ayuntamiento de Salobreña, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda formular alegaciones sobre la repercusión del Estudio en lo referente a limitaciones a la propiedad, régimen de autorizaciones, infracciones y sanciones.

Granada, 20 de febrero de 2019.- El Jefe de la Demarcación de Carreteras, Salvador Fernández Quesada.

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