Juzgado de Primera Instancia 13
En el procedimiento de referencia (CNA 22/18) se ha dictado resolución con fecha 11/02/19 en la que se acuerda la Conclusión del Concurso respecto a Dña. Ana Beatriz Barros Freiria, con DNI 36.096.630-Q, con los efectos inherentes a dicha declaración en especial:
1.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso.
2º.- Se acuerda la exoneración del pasivo concursal no satisfecho con la masa activa, así como de los créditos ordinarios y subordinados aunque no hubieran sido comunicados
3º. - Los acreedores no podrán iniciar ningún tipo de acción dirigida frente al deudor para el cobro de los mismos, sin perjuicio de la posible revocación del beneficio de exoneración si a los cinco años siguientes a la firmeza de esta resolución se constatase la existencia de ingresos, bienes o derechos del deudor ocultados que no sean bienes inembargables.
Y corno consecuencia de la conclusión del concurso por inexistencia de bienes para atender a los gastos de la masa, se extiende la presente para que sirva de notificación, siendo la publicación gratuita.
Vigo, 14 de febrero de 2019.- El/La Letrado de la Administración de Justicia, María de la Concepción Albés Blanco.
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