Está Vd. en

Documento BOE-B-2019-9205

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 4 de marzo de 2019, páginas 11480 a 11481 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-9205

TEXTO

EDICTO

Xavier García Bonet, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 1695/2018 Sección: B

NIG: 0801947120188014160

Fecha del auto de declaración. 9/1/2019.

Clase de concurso. CONSECUTIVO.

Entidad Concursada. Miguel Antonio González Ureña, provisto del DNI -39530281C y con domicilio en el Pasaje Argullos, nº 1, 2º 3ª de Barcelona (08016)

Administradores concursales.

Abogado, JORDI SAFONS VILANOVA, con DNI 37292780M, Que para el ejercicio de su cargo, señala como domicilio; en Avda. Diagonal 442 bis, principal, de Barcelona (08037). Y para la recepción de las comunicaciones de créditos y de cualquier otra notificación, la dirección postal: la indicada; y la dirección de correo electrónico; info@compasconcursal.com, teléfono de contacto nº 93 3013033

Régimen de las facultades del concursado. SUSPENDIDAS.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Apertura de la sección 5ª Liquidación:

Decreto la apertura de la fase de liquidación y la formación de la sección 5ª.

El deudor ha acompañado con el escrito de demanda el plan de liquidación para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso.

Del Plan de liquidación dese traslado por diez días al administrador concursal para que informe y para que los acreedores puedan realizar alegaciones al Plan de Liquidación y podrán formular también observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho, de conformidad con el art. 242.8 de la LC

Los acreedores podrán mediante escrito razonado solicitar la apertura de la sección de calificación en el mismo plazo.

Dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las Resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 12 de febrero de 2019.- El letrado de la Administración de Justicia, Xavier García Bonet.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid