El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo acordado en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Que en el procedimiento número 1415/13, referente al deudor ECOPAPEL, S.L., con C.I.F.: B-41190976, y domicilio en Ronda de San Agustin, n.º 6, Écija (Sevilla), por Auto de fecha 27 de febrero de 2020, se ha acordado lo siguiente:
1.- La conclusión del proceso concursal de la entidad ECOPAPEL, S.L., llevado en este mismo Juzgado con el número 1415/13. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2.- El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este Juzgado le extendió en plazo de cinco días.
3.- La declaración de extinción de la sociedad ECOPAPEL, S.L., y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia.
Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.
Sevilla, 2 de marzo de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.
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