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Ha sido admitido el depósito de la constitución de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de depósito fue formulada por D.ª María Lucila Pascua Suárez mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2020/000327.
Los estatutos y el acta de constitución están suscritos por D.ª Lucila Pascua Suárez, D.ª María Asurmendi Villaverde, D.ª Vega Gimeno Martínez y D.ª María Pina Tolosa, todas ellas en calidad de promotoras.
Se indica que el domicilio del sindicato es el indicado en el artículo 5 de sus Estatutos, su ámbito funcional es el establecido en el artículo 4 y su ámbito territorial es estatal.
Se dispone la inserción de este anuncio en el «Boletín Oficial del Estado» y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social («Boletín Oficial del Estado» de 11 de octubre de 2011).
Madrid, 28 de febrero de 2020.- La Directora General, P.D. (Real Decreto 903/2018, de 20 de julio y Orden TMS/1075/2018, de 10 de octubre), el Subdirector General de Relaciones Laborales, Rafael Martínez de la Gándara.
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