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Documento BOE-B-2020-11200

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 12 de marzo de 2020, páginas 14618 a 14619 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-11200

TEXTO

Don Rafael Huerta García Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Barcelona,

Hago saber: Que se ha dictado decreto en fecha 06-02-2020 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Admito la solicitud presentada por el/la Procurador/a Sonia Oria Pérez en nombre y representación de CHRISTIAN QUERALT BARTRA, sobre jurisdicción voluntaria respecto de FINCAS LAYETANA, S.L. con domicilio en Calle via Laietana, 11, 1.º 2.ª, 08003 Barcelona. Tengo al/a la referido/a Procurador/a como comparecido/a y parte en la representación que acredita

Comuníquese la incoación del expediente al emisor de los valores Fincas Layetana

Acuerdo el anuncio de la incoación del expediente mediante edictos, en el Boletín Oficial del Estado y en el periódico La Vanguardia de gran circulación de esta provincia

Acuerdo la celebración de la oportuna comparecencia y señalo, al efecto, el día 05/05/2020 a las 10.30 horas en la Sala Multiús 12G, planta 12 (Ef - C) de este Órgano judicial

A la comparecencia, se citará a CHRISTIAN QUERALT BARTRA Y FINCAS LAYETANA, con la antelación y prevenciones previstas en el art.17.3 y 18.2 LJV, para lo que se expedirán las cédulas de citación y despachos que fueran necesarios

En las cédulas, se advertirá:

1.ª A la parte solicitante:

- si no asiste a la comparecencia, se le tendrá por desistido de la demanda y se acordará el archivo de la solicitud (art. 18.2.1.ª LJV)

2.ª A las demás personas citadas:

- si alguna no asiste, la comparecencia se celebrará y continuará el expediente sin más citaciones ni notificaciones que las que la ley disponga (art.18.2.1.ª LJV)

- si alguna va a formular oposición, debe hacerlo en los cinco días siguientes a su citación pero ello no hará que el expediente se torne contencioso ni impedirá que continúe su tramitación hasta que sea resuelto, salvo que la ley expresamente lo prevea y así se le indique en la cédula de citación (art. 17 último párrafo LJV)

3.ª A todas las personas citadas:

- deben asistir a la comparecencia con los medios de prueba que intenten valerse (art. 16.3 LJV)

La resolución que se notifica está a disposición de la persona interesada en este Órgano judicial

Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los arts. 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficiales y la protección de datos

Barcelona, 6 de febrero de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Rafael Huerta García.

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