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Documento BOE-B-2020-11848

SANTIAGO DE COMPOSTELA

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 16 de marzo de 2020, páginas 15459 a 15459 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-11848

TEXTO

Edicto

Doña María del Carmen Vázquez Rodríguez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Santiago de Compostela, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número 772/2019 y NIG 15078 42 1 2019 0005394 se ha dictado en fecha 16/12/2019 Auto de declaración de concurso consecutivo voluntario de acreedores, a tramitar por los cauces del Procedimiento Abreviado con las especialidades de los arts. 242.2 y 242.bis de los deudores MARÍA LUISA VÁZQUEZ SILVA con DNI n.º 33275281P y JUAN ANTONIO FERNÁNDEZ MOURIÑO, con DNI n.º 78792547K, cuyo centro de intereses principales lo tiene en el Municipio de Ames, localidad de Milladoiro, Rúa Anxeriz número 9, 3.º A - CP 15895.

2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición de los deudores.

3.º Se hace llamamiento a los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente en el BOE.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º La identidad de la Administración concursal es la siguiente: ENRIQUE MONASTERIO AMIGO, con dirección postal A Coruña, calle San Andrés, número 86, piso 1.º y CP 15003 y con dirección electrónica concursal@durlin.es

5.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

6.º Que los acreedores e interesado que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC).

7.º Notificar la existencia del presente proceso y la presente declaración de concurso a la Agencia Tributaria y a la Tesorería de la Seguridad Social.

Santiago de Compostela, 18 de diciembre de 2019.- La Letrado de la Administración de Justicia, D.ª María del Carmen Vázquez Rodríguez.

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