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Documento BOE-B-2020-12057

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 17 de marzo de 2020, páginas 15722 a 15722 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-12057

TEXTO

Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Murcia, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 93/2020 y NIG nº 30030 47 1 2020 0000153 se ha dictado en fecha 10 de marzo de 2020 auto de declaración de concurso voluntario abreviado consecutivo del deudor D. Miguel Angel López Berenguer, con DNI nº 34.800.878-S, con domicilio en calle Dos Urb Los Conejos, 348, Molina de Segura, Murcia.

2º.- Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal.

Se ha designado, como Administración Concursal a D. JOSÉ LUIS PEDRERO GARCÍA, con NIF Nº 22.942.760-F, Economista, en su propio nombre y representación, con domicilio profesional sito en calle Carmen, nº 36, 1º, 30201, Cartagena, teléfono 968 524 550 y como dirección electrónica jlpedrero@fcgroup.es señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.-No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado ni en la Oficina de Registro de esta ciudad.

5º Habiendo presentado la Administración Concursal plan de liquidación, queda de manifiesto en esta oficina judicial por plazo de quince días para que el deudor y los acreedores concursales puedan formular observaciones o propuestas de modificación.

6º.- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es en el Registro Público Concursal:

https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/

Murcia, 12 de marzo de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana Maria Lacalle Espallardo.

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