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Documento BOE-B-2020-12169

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 18 de marzo de 2020, páginas 15882 a 15882 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-12169

TEXTO

Edicto

D./Dª.Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia de Juzgado Mercantil Nº 1 de Murcia, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en la sección I de declaración de concurso 82/2020 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 28 de febrero de 2020 auto de declaración de concurso voluntario de Hermanos Gonzalez Sánchez e Hijos, S.L. con C.I.F B-30349526, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Lope Gisbert, nº 19, C.P. 30800- Lorca.

2º.- Se ha acordado la apertura de la liquidación y la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor.

3º.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4º.- La identidad de la Administración concursal es la siguiente: Gabinete de Economistas Auditores, S.L.P., con CIF. B-03384195, quien a efectos del art. 30 de la Ley Concursal, nombra al economista-auditor de cuentas del Ilustre Colegio de Alicante a D.Bartolome Munar Caminals con NIF 43039250 V, con domicilio profesional sito en calle General Marva 17, Entlo 03005, Alicante, teléfono 965922499, email concursal@geaudit.es

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC).

Murcia, 12 de marzo de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana Maria Lacalle Espallardo.

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