Dª Ana Isabel González Peinado, Letrado de la Administración de Justicia de jdo. de lo mercantil n. 2 de Murcia, por el presente,
Hago saber:
1º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº CNA 249/2011 con N.I.G.: 30030 47 1 2011 0000576 se ha dictado en fecha 10 de marzo de 2020 auto de conclusión de concurso voluntario del deudor Forjescon SL con cif B30713853 acordando la conclusión y archivo de las actuaciones.
2º Se acuerda la extinción de la persona jurídica, así como la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos.
3º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes
4º Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso
5º Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.
Murcia, 12 de marzo de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.
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