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Documento BOE-B-2020-1278

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 13, de 15 de enero de 2020, páginas 1660 a 1660 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-1278

TEXTO

Edicto.

Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 8/2020, por Auto dictado en fecha 9 de enero de 2020, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil Namika Global, S.L., con CIF: B88056759.

2.º Que la mercantil Namika Global, S.L. conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio.

3.º Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del art. 176.bis L.Co.

4.º Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.

5.º Se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso;

6.º Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada.

Madrid, 10 de enero de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, María Jesús Palmero Sandín.

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