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De conformidad con lo establecido en los artículos 24.4. de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, se hace pública la Resolución de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, por la que se declara la condición de aguas minero-medicinales las relativas la recurso del a sección B) denominado "El Pedregal n.º 59".
Visto el expediente incoado por la Delegación Territorial de Conocimiento y Empleo en Granada, a instancias de la entidad Compañía Minera del Marquesado, S.L.L., que tiene como fin la declaración de la condición de aguas minero-medicinales, las relativas al recurso de la Sección B) denominado "El Pedregal n.º 59", para el posterior aprovechamiento como agua envasada para consumo humano.
Resuelve la condición de aguas minero-medicinales las relativas al recurso de la Sección B) denominado el "El Pedregal n.º 59", sito en el término municipal de La Calahorra (Granada), cuyas coordenadas UTM son X - 496.107,395 Y - 4.118.382.,524, para el posterior aprovechamiento del recurso como agua envasada para consumo humano, debiendo solicitarse la oportuna autorización dentro del plazo improrrogable de un año, contado a partir del día siguiente a la notificación de la resolución de declaración. En caso de no solicitarse dentro del plazo señalado, se dará por extinguido, sin más trámite, el derecho preferente al aprovechamiento del recurso por parte de la entidad Compañía Minera del Marquesado, S.L.L. La declaración se entenderá sin perjuicio de terceros y no excluirá la necesidad de obtener las demás autorizaciones que con arreglo a las leyes sean necesarias.
Granada, 16 de abril de 2020.- El Delegado del Gobierno en Granada, Pablo García Pérez.
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