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Documento BOE-B-2020-13067

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 29 de abril de 2020, páginas 17337 a 17337 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-13067

TEXTO

Doña M.ª José Hompanera González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil, n.º 5, de Barcelona,

Hago saber: Que en el concurso ordinario 920/2009, se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de Canet Punt, S.A., con NIF A58292863.

La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Barcelona, 4 de marzo de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, M.ª José Hompanera González.

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