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Documento BOE-B-2020-13329

Extracto de la Resolución de 17 de abril de 2020, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se convoca la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de investigación científica en la Red de Parques Nacionales para el año 2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 7 de mayo de 2020, páginas 17794 a 17795 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2020-13329

TEXTO

BDNS (Identif.): 504534.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index):

Primero.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas los relacionados a continuación:

1) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, es decir, universidades públicas y sus institutos universitarios; centros privados de investigación y desarrollo universitarios; universidades privadas, sus departamentos, o centros universitarios privados, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. También entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, e institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 279/2016. Así mismo podrán ser beneficiarios los centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, junto con otros centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia, que tengan la I+D+i como actividad principal. Se incluyen los centros privados de I+D+i, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia, que tengan definida la I+D+i como actividad principal, los centros de I+D a que se refiere la disposición adicional decimocuarta de la Ley 14/2011, de 1 de junio, y los centros públicos de investigación agraria y alimentaria de las Comunidades Autónomas, integrados en las consejerías responsables de la investigación agroalimentaria de las Comunidades Autónomas, participantes en la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria INIA-CCAA. (Corresponde a las ayudas para contratos Ramón y Cajal (RYC) 2019).

2) Y el resto de beneficiarios relacionados en el Apartado 6 de la Orden 1498/2009 de 21 de mayo.

Segundo.- Finalidad:

Subvenciones para la realización de proyectos de investigación científica en el marco del vigente Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación (2017-2020). En concreto, las subvenciones de la presente convocatoria se destinarán a los proyectos relacionados con las líneas indicadas en el Anexo I de la Resolución del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se convoca la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de investigación científica en la Red de Parques Nacionales para el año 2020, de fecha 17-IV-2020, siendo el objetivo fundamental de la convocatoria promover un mejor conocimiento científico en materias relacionadas con la Red de Parques Nacionales y el fomento de la investigación científica, tal y como establece el artículo 5 de la Ley 30/2014 en el que se definen los objetivos de los parques nacionales y los puntos 1.4, 3.2.6 y 8.6 del Plan Director de la Red de Parques Nacionales, aprobado por el Real Decreto 389/2016 de 22 de octubre.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden ARM/1498/2009, de 21 de mayo, publicada en el BOE n.º 139 de 9 de junio de 2009, sin menoscabo de las regulaciones contempladas en la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

Cuarto.- Importe.

El presupuesto disponible en esta convocatoria es de 508.925,24 euros. La cuantía total estimada podrá incrementarse hasta una cuantía adicional máxima motivada de 500.000 euros, previo informe favorable de la Intervención Delegada y tramitación del oportuno expediente de gasto, antes de resolver la concesión de la subvención y sin necesidad de que ello implique la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes. La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito, para el caso de aprobación de Presupuestos Generales para el año 2020. El nuevo importe que resulte del incremento deberá ser objeto de publicación antes de la resolución de la convocatoria.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 19 de mayo de 2020 y finalizará el día 19 de junio de 2020, a las 15:00 horas (hora peninsular).

Sexto.- Otros datos.

1) Los proyectos susceptibles de beneficiarse de este régimen de ayudas habrán de ser de investigación orientada a la adquisición de nuevos conocimientos científicos aplicables a los principios que orientan la naturaleza y función de los parques nacionales, y en el marco de las líneas prioritarias incluidas en el Programa de Investigación de la Red de Parques Nacionales.

2) Los proyectos deberán referirse a uno o varios de los Parques Nacionales incluidos en la Red de Parques Nacionales.

3) Los proyectos tendrán una duración de tres años.

Madrid, 17 de abril de 2020.- La Presidenta del Organismo Autónomo Parques Nacionales, P.D. (Orden APM/126/2018, de 5 de febrero), el Director del Organismo Autónomo Parques Nacionales, Juan José Areces Maqueda.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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