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Documento BOE-B-2020-13882

Extracto de la Resolución de 12 de mayo de 2020, de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, sobre compensaciones a los transportes marítimos y aéreos de mercancías con origen o destino en Illes Balears realizados en el año 2019

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 20 de mayo de 2020, páginas 18776 a 18777 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2020-13882

TEXTO

BDNS (Identif.): 505765.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index

Primero.- Beneficiarios.

Empresas de los siguientes sectores de atención preferente, cuando exista transformación de las mercancías en el suelo balear: a) la industria de la madera, b) peletería natural y artificial, c) calzado, d) producciones de la industria del cuero, e) confección de piezas de vestir y sus complementos, f) artículos de joyería y bisutería, g) productos artesanales, h) productos industriales, con un valor añadido superior al 20 por 100, e i) artículos para la nutrición humana. Así mismo, el receptor del traslado interinsular de residuos no procesables ni reciclables en las islas.

Segundo.- Finalidad.

Compensación destinada a abaratar el coste efectivo del transporte marítimo y aéreo de mercancías entre las Illes Balears, o entre éstas y la península, así como del efectuado entre dichas islas y otros territorios de Estados miembros de la Unión Europea y demás Estados firmantes del Acuerdo sobre el espacio económico europeo, realizado en el año 2019.

Tercero.- Bases reguladoras.

Real Decreto 1034/199, de 18 de junio, publicado en el BOE de 2 de julio de 1999, modificado por el Real Decreto 101/2002, de 25 de enero, publicado en el BOE del 6 de febrero de 2002 y actualizado por el Real Decreto 232/2020, de 4 de febrero, publicado en el BOE de 14 de febrero de 2020.

Cuarto.- Importe.

El importe será el que corresponda al crédito consignado en la aplicación presupuestaria 17-20-441P-47802 del presupuesto de Gastos de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para 2020.

La cuantía individual en el transporte de mercancías alcanza un porcentaje, establecido por la normativa vigente, sobre la parte de coste del flete de dichas mercancías que no supere el promedio.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

Un mes desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.

Sexto.- Solicitudes.

Las solicitudes para la obtención de las ayudas se ajustarán al formato y contenido especificado en la convocatoria y estarán disponibles para cumplimentarse y presentarse en la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial y Función Pública (https://sede.administracionespublicas.gob.es), en la ruta Procedimientos >>Subvenciones>>Ayudas al transporte Illes Balears.

Madrid, 12 de mayo de 2020.- El Secretario de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Pedro Saura García.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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