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Documento BOE-B-2020-13884

Resolución de la Autoridad Portuaria de Tarragona referente al trámite de información pública relativa a la solicitud de modificación sustancial de la concesión administrativa "Esplanada pel dipòsit de fruita Containeritzada" presentada por Fruport Tarragona, S.L., para la ampliación aproximada de 550 m² de superficie en el muelle de la Rioja del Puerto de Tarragona.

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 20 de mayo de 2020, páginas 18779 a 18779 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2020-13884

TEXTO

La Autoridad Portuaria de Tarragona tramita un procedimiento administrativo para la modificación sustancial de la concesión administrativa "Esplanada pel dipòsit de fruita Containeritzada", (Expediente 228 de concesiones) para la ampliación aproximada de 550 m² de superficie en el muelle de Rioja del Puerto de Tarragona, presentada por FRUPORT TARRAGONA, S.L., de conformidad con lo establecido en el artículo 88.2 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (RDL 2/2011, de 5 de septiembre).

Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85.3 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (RDL 2/2011, de 5 de septiembre), para que aquellos que estén interesados puedan presentar, en el plazo de veinte días hábiles, contado a partir del siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, alegaciones sobre la solicitud de modificación de concesión que se tramita.

Los escritos de alegaciones deberán dirigirse a la Autoridad Portuaria de Tarragona, sita en el paseo de la Escullera, sin número, código postal 43004 de Tarragona.

Durante el referido plazo, podrá examinarse la documentación correspondiente, en horario de 8.00 a 15.00 horas de lunes a jueves y de 8.00 a 14.00 horas los viernes, excepto festivos, en la Dirección de Dominio Público y Seguridad Integral, ubicada en la planta baja del edificio de la Autoridad Portuaria de Tarragona.

La presente resolución, al constituir un simple acto de trámite, no es susceptible de recurso alguno, de conformidad con el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tarragona, 13 de mayo de 2020.- El Presidente, Josep Maria Cruset i Domènech.

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