Don José Víctor Sanz Gordón, Letrado Admón. Justicia del Juzgado de lo Mercantil, núm. 3, de Valencia, por el presente,
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000156/2011, habiéndose dictado en fecha 8 de mayo de 2020, por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil, n.º 3 de Valencia, Auto firme de aclaración de la Sentencia de fecha 23 de abril de 2019, de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
SE RECTIFICA la Sentencia de 23/04/2019, en el sentido de que donde se expresa: "ACUERDO LA CONCLUSIÓN del concurso de la mercantil Envases Eliminar S.L., cesando todos los efectos de la declaración del concurso, sin prejuicio de su posible reapertura en caso de aparición de nuevos bienes", debe expresarse: "ACUERDO LA CONCLUSIÓN del concurso de la mercantil Envases Elimar, S.L., cesando todos los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de su posible reapertura en caso de aparición de nuevos bienes".
Valencia, 8 de mayo de 2020.- El Letrado Admón. Justicia, José Víctor Sanz Gordón.
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