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Documento BOE-B-2020-14301

Resolución de la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Baleares por la que se hace pública la delegación de Contrataciones de Obras, Servicios y Suministros.

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 27 de mayo de 2020, páginas 19473 a 19473 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2020-14301

TEXTO

En fecha 2 de abril de 2018 se publicó en BOE número 80 la Resolución del Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares de delegación de competencias en materias de contratación.

Vista la necesidad de modificación de dicha delegación, en virtud del artículo 61 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP) y del artículo 31 del TRLPEMM, así como de la Instrucción 3/2018, de 6 de marzo, de la Abogacía General del Estado, esta Presidencia, en el ejercicio de las funciones que se le confieren, como Órgano de contratación de la Autoridad Portuaria de Baleares, adopta la siguiente resolución:

"1.- Delegar en el Director la contratación de los procedimientos Menores, Abiertos súper simplificado y Abiertos simplificados.

2.- Delegar en el Jefe de Área de Infraestructuras la contratación de procedimientos Menores, Abiertos simplificados y Abiertos súper simplificados en suplencia del Director de la Autoridad Portuaria de Baleares.

3.- Delegar en los Jefes de Área, Jefes de Departamento, Jefes de División, Jefes de Unidad y Responsable asignado a la Secretaría Jurídica de Contratación los gastos inaplazables de reposición, mantenimiento y conservación de las instalaciones, equipos e inmovilizado en general que tengan asignada dotación presupuestaria a tal efecto, que en ningún caso podrá ser sobrepasada, cuyo valor estimado fuera inferior a cuatro mil (4.000) euros, sin IVA, en ningún caso se podrá utilizar este medio para alterar el objeto del contrato para evitar la aplicación de las reglas generales de contratación, en cumplimiento del artículo 118 de la LCSP.

4.- La presente resolución deja sin efecto las anteriores delegaciones efectuadas".

Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Palma de Mallorca, 18 de mayo de 2020.- Presidente, Joan Gual de Torrella Guasp.

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