El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Barcelona, en su sesión celebrada el día 29 de abril de 2020, acordó, al amparo de lo previsto en el artículo 30.5, letras n) y s), del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, una modificación no sustancial del pliego de la concesión titularidad de Marina Barcelona 92, S.A., sita en el puerto de Barcelona y otorgada en fecha 19 de noviembre de 2010, al objeto de añadir una Condición Particular 20.ª, y un Anexo técnico en el referido pliego, referentes a los condicionantes para las maniobras de acceso al shiplift situado en el muelle 06C y procedimiento de comunicación de atraques; así como una delegación en el Director General de la Autoridad Portuaria para la adaptación y modificación, tras los trámites correspondientes, del referido Anexo técnico.
Barcelona, 28 de mayo de 2020.- La Presidenta, Mercè Conesa Pagès.
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