Está Vd. en

Documento BOE-B-2020-14654

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 3 de junio de 2020, páginas 20058 a 20059 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-14654

TEXTO

Xavier García Bonet, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Barcelona, al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto: Concurso consecutivo 821/2020 sección 4ª.

NIG: 0801947120208008654.

Fecha del auto de declaración: 6 de Mayo de 2020.

Clase de concurso: Consecutivo (sin masa).

Entidad concursada: Damaris Moreno Dueñas, con 53034889V.

Administradores concursales: Se ha designado como Administrador concursal a Joan Sacristán Tarragó.

Dirección postal: Calle Via Augusta nº 255, local 5. 08017 Barcelona.

Dirección electrónica: joan.sacristan@hsab.es

Régimen de las facultades del concursado: suspendidas.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC) en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la oficina judicial sita en avenida Gran Via de les Corts Catalanes nº 111, Edifci C. Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 184.3. LC) La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación concursal a los órganos mercantiles.

Apertura de la sección 5ª liquidación:

Se tiene por presentado el plan de liquidación o alegaciones sobre la imposibilidad de presentar plan de liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones.

Se tiene por presentado el informe del art. 75 LC por lo que las impugnaciones al mismo deberán presentarse dentro del plazo previsto para la comunicación de créditos.

Los acreedores podrán mediante escrito razonado solicitar la apertura de la sección de calificación en el mismo plazo.

Dirección electrónica del registro público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 28 de mayo de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Xavier García Bonet.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid