Doña Elena Luri Rodríguez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente,
Se hace saber:
Que en el procedimiento concursal Nº 491/2015, seguido a instancias del Procurador don Jose Luis Ojeda Delgado, en nombre y representación de Desatascos Guillén, S.L., se ha dictado auto el día 29 de mayo de 2020, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:
1.- No constando la existencia de bienes o derechos para satisfacer los créditos contra la masa, se declara la conclusión y el archivo del concurso de acreedores de la mercantil Desatascos Guillén, S.L.
2.- Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, y el cese de su actuación.
3.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor respecto de su patrimonio subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación o de lo previsto en la Ley Concursal.
4.- Se acuerda la extinción de la mercantil Desatascos Guillén, S.L., con CIF B35442698, y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Lanzarote, librándose para ello los mandamientos oportunos.
5.- Procédase a dar la debida publicidad a esta resolución en los términos del art. 177 LC, mediante su publicación edictal en el Registro Público Concursal y en el Boletín Oficial del Estado.
6.- Notifíquese la resolución a las partes.
Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.
Las Palmas de Gran Canaria, 2 de junio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Elena Luri Rodríguez.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid