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Edicto.
Doña Cristina Martínez García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente,
Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número de concurso arriba referenciado 61/2018-C, relativos al deudor Saborplace Eco Shop, S.L., con CIF; B70344320 se ha dictado en fecha dos de enero de dos mil veinte el Auto de Conclusión en el que se acordó:
1.- Declarar concluso el procedimiento concursal registrado número 61/2018 referente al deudor Saborplace Eco Shop, S.L., por finalización de las operaciones de liquidación.
La administración concursal presentará, en su caso, un informe justificativo del destino dado a los importes que figuran al Hecho Cuarto.
2.- Decretar el archivo de las actuaciones.
3.- El cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes, salvo las que en su caso se contuvieren en la sentencia firme de calificación.
4.- La extinción de la persona jurídica deudora.
5.- Librar mandamiento de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.
6.- Anunciar esta resolución en el Boletín Oficial del Estado.
7.- Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales y administrativos que acordaron la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.
8.- Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.
A Coruña, 8 de enero de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Cristina Martínez García.
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