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Documento BOE-B-2020-16124

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 11 de junio de 2020, páginas 21985 a 21985 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-16124

TEXTO

EDICTO

Doña María del Mar Garcerán Donate, Letrada de la Administración de Justicia, del Servicio Común de Ordenación del Procedimiento de Murcia, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Murcia con el nº 1059/2019 y NIG nº 30030 42 1 2019 0017968, se ha dictado en fecha 4 de marzo de 2020 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Vanesa Naranjo López, con DNI 23025604M, cuyo domicilio lo tiene en la calle Mayor 101, 1º B. La Alberca, Murcia.

2º.- Se ha acordado que las facultades de administración y disposición del deudor queden suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal.

Se ha designado como Administración concursal a don Francisco Blázquez Ramos, con domicilio postal en avenida Teniente Montesinos 10, 5º C de Torre Godoy, CP 30100 Espinardo, Murcia, teléfono 968225298 y dirección electrónica jf.blazquez@blazquezasociados.com, señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni en la Oficina de Registro de la Ciudad de la Justicia.

5º.- La concursada ha solicitado la liquidación. Habiendo presentado la administración concursal plan de liquidación, queda de manifiesto en esta oficina judicial por plazo de quince días para que el deudor y los acreedores concursales puedan formular observaciones o propuestas de modificación.

6º.- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es https://www.publicidadconcursal.es

Murcia, 28 de mayo de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María del Mar Garcerán Donate.

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