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Documento BOE-B-2020-16251

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 12 de junio de 2020, páginas 22177 a 22177 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-16251

TEXTO

María Amor Rodríguez Díaz, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº1 de Oviedo, por el presente,

HAGO SABER:

1º- Que en los autos seguidos en este juzgado con el número 13/2020 (N.I.G. 33044 47 1 2020 0000014), el señor Magistrado don Alfonso Muñoz Paredes ha dictado en fecha nueve de marzo de 2020 Auto, que no es firme, declarando en Concurso Voluntario Abreviado al deudor MANSIL CARROCERÍAS, S.L., (CIF: B-74383662), con domicilio sito en calle Comerciantes 2, Parque Empresarial Principado de Asturias, Avilés (Asturias).

2º- Se ha nombrado como Administrador Concursal a don ÁNGEL TRIANA TORIBIO, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el siguiente domicilio postal: CALLE URIA Nº12 ENTRESUELO DERECHA 33003 OVIEDO, así como la siguiente dirección electrónica: att2350@icaoviedo.es, pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello puedan derivarse en la clasificación del crédito comunicado.

Indica igualmente, que el horario de atención al público es: 9:30-14:00 horas y 16:00 a 20:30 horas de lunes a viernes.

Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal en el plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE, y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal.

3º- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la Administración Concursal designada, mediante su autorización o conformidad.

Oviedo, 1 de junio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Mª Amor Rodríguez Dáiz.

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