Doña ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente,
HACE SABER:
Que en el Incidente Concursal núm. 000053/2008-07, se ha dictado en fecha 27 de mayo de 2019, Sentencia núm. 158/2019 declarando la conclusión del concurso de la mercantil PROMOCIONES Y CONSTRUCCIONES COSTA CANARIA 04, S.L., con CIF B35824960, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Desestimo la oposición a la conclusión del concurso formulada por Promociones y Construcciones Costa Canaria 04, S.L., y, en su virtud, ACUERDO:
1.- La conclusión del concurso de Promociones y Construcciones Costa Canaria 04, S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.
2.- El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes.
3.- La extinción, sin perjuicio de lo expuesto en el fundamento primero de esta resolución, de Promociones y Construcciones Costa Canaria 04, S.L., y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
Las Palmas de Gran Canaria, 11 de junio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.
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