Contido non dispoñible en galego
El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo acordado en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
ANUNCIA
Que en el procedimiento número 1704/14, referente al deudor SEAODYSSEY, S.L., con C.I.F.: B91216498, y domicilio en calle Paloma nº 9, Utrera (Sevilla), por Auto de fecha 10 de junio de 2020, que es FIRME, se ha acordado lo siguiente:
1.- La conclusión del proceso concursal de la entidad SEAODYSSEY, S.L., llevado en este mismo Juzgado con el número 1704/14. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2.- El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días.
3.- La declaración de extinción de la sociedad SEAODYSSEY, S.L., y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia.
Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.
Sevilla, 12 de junio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.
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