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Documento BOE-B-2020-17400

Resolución de la Autoridad Portuaria de Valencia por la que se acuerda la modificación sustancial de la concesión administrativa de la que es titular TERMINALES PORTUARIAS, S.L., en el Puerto de Valencia (Ref. CV107).

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 17 de junio de 2020, páginas 23573 a 23573 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2020-17400

TEXTO

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Valencia, en la sesión celebrada el 22 de mayo de 2020, a propuesta de la Dirección, acordó lo siguiente:

1º.- Acordar la no suspensión de la tramitación del procedimiento administrativo iniciado por TERMINALES PORTUARIAS, S.L. (N.I.F. B62473301), sobre solicitud de modificación del objeto concesional y creación de una tasa para la actividad de hub logístico, de acuerdo con lo establecido en el punto 3º de la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19_ prorrogado mediante Reales Decretos 476/2020, 487/2020, 492/2020, 514/2020 y 537/2020_, toda vez que consta acreditada en el expediente la prestación de la conformidad del interesado en continuar con la tramitación del mismo.

2º.- Acordar la modificación sustancial de la concesión de la que es titular en el Puerto de Valencia la mercantil TERMINALES PORTUARIAS, S.L., con N.I.F. B62473301, con referencia CV107, consistente en modificar el objeto concesional, incorporando al mismo la actividad de hub logístico, quedando redactado el título habilitante de ocupación de la concesión de referencia CV107 en lo que atañe a su objeto en los términos recogidos en la Resolución.

3º.- Modificar el régimen económico de la concesión consistente en el establecimiento de una nueva tasa de actividad específica para la actividad de hub logístico de 0,219576 €/tonelada, quedando redactada la Condición 16ª del título habilitante de ocupación de la concesión de referencia CV107 en lo que atañe a las tasas portuarias en los términos recogidos en la Resolución.

Lo que se publica para general conocimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 85.7 en relación con el Artículo 88, ambos del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.

Valencia, 4 de junio de 2020.- Presidente, Aurelio Martínez Estévez.

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