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Documento BOE-B-2020-17479

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 18 de junio de 2020, páginas 23658 a 23658 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-17479

TEXTO

Don José Victor Sanz Gordón, Letrado Admon. Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente,

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso voluntario abreviado de acreedores núm. 356/2016 del deudor German García Mendieta, con NIF n.° 48384369M, habiéndose dictado en fecha 24 de febrero de 2020 Auto del siguiente tenor:

"DISPONGO.-Se tiene por presentada y autorizada la oferta de dación en pago a favor de CAJAMAR CAJA RURAL, S.C.C. y aprobada legalmente por aplicación del artículo 155.4 LC de la fincas n.° 39.871 inscrita en el Registro de la Propiedad de Llíria, al Tomo 1366, Libro 422, Folio 44 por el valor establecido en el plan de liquidación, esto es, por el importe del 50% del valor de tasación (88.737,75 euros).

Con carácter previo a la formalización de la dación, anúnciese esta autorización judicial y las condiciones de la oferta con la misma publicidad que corresponda a la subasta del bien y derecho afecto y si dentro de los diez días siguientes al último de los anuncios se presentare mejor postor, se abrirá licitación entre todos los oferentes y acordará la fianza que hayan de prestar. Caso de no presentarse, se podrá llevar a efecto la dación en pago de la oferta presentada.

Notifíquese este Auto a las partes personadas, previniéndoles de que contra el mismo cabe recurso de reposición dentro de los 5 días siguientes a su notificación, interponiéndose ante este mismo Juzgado.

Acuerdo, mando y firmo.

Por el presente se otorga publicidad legal de las ofertas, consistente en la misma publicidad que corresponde a la subasta del bien, por un plazo de 10 días, con prevención de que dentro de tal plazo podrá presentarse tercero que mejore aquel precio, abriéndose en tal caso licitación entre los interesados. Transcurrido dicho plazo sin postor alternativo, tendrá plena efectividad la autorización concedida."

Valencia, 27 de febrero de 2020.- El Letrado Admon. Justicia, José Victor Sanz Gordón.

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