El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Barcelona, en su sesión celebrada el día 29 de abril de 2020, ha acordado, al amparo de lo previsto en el artículo 30.5 letra n) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, delegar en la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Barcelona todas las facultades necesarias para que, una vez finalizados los correspondientes expedientes administrativos referidos y siempre que no se produzcan en el seno de los mismos alegaciones en la fase de información pública y que los informes que puedan emitirse sean favorables, adopte los correspondientes acuerdos por los que resuelva estimar las solicitudes formuladas por Centro Intermodal de Logística, S.A., S.M.E., y, en coherencia con ello, otorgar a dicha sociedad sendas concesiones sobre la superficie de la parcela A.9 de la ZAL Prat y sobre la superficie de la parcela A.30 de la ZAL Prat, de acuerdo con lo dispuesto en los correspondientes pliegos de concesiones aprobadas para cada una de las concesiones y que se adjuntaron como anexo a los respectivos acuerdos adoptados.
Barcelona, 15 de junio de 2020.- Presidenta, Mercè Conesa Pagès.
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