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Documento BOE-B-2020-17600

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 19 de junio de 2020, páginas 23845 a 23846 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-17600

TEXTO

Don Enrique Calvo Vergara, Letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid,

ANUNCIA

1.º-Que en el procedimiento número 1929/2019, por auto de fecha 23 de abril de 2020, se ha declarado en concurso Voluntario-Abreviado al deudor MAYCO GLOBAL, S.L., con CIF: B-19303387, con domicilio social en la localidad de Leganés (Madrid), en la calle Huracán, 6.

2.º-Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración Concursal.

3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la presente publicación. Lugar para tal comunicación: Por presentación o remisión a la dirección de la Administración Concursal designada, D. Juan Ronda Santana, con domicilio en la calle Costa Rica, 11, Bajo V23, 28016 Madrid, Tfno 91 350 17 14 y Fax.: 91 343 04 27.

Correo electrónico: concursal@gruporonda.org

La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración Concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración Concursal.

No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna.

La personación de los interesados conjunta con la comunicación de crédito en el Juzgado sólo producirá efecto respecto a la personación, pero ninguno respecto de la comunicación

4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

5.º-Se acuerda la apertura de la Sección de Liquidación a propia instancia del deudor concursado.

Se acuerda la disolución social de MAYCO GLOBAL, S.L., cuya liquidación en los aspectos patrimoniales se realizará en el seno del concurso.

Se acuerda el cese de los administradores de la entidad concursada, que serán sustituidos por la Administración Concursal.

Se declara el vencimiento anticipado de todos los créditos y su conversión en dinero, sin perjuicio de los descuentos que pudiera haber lugar.

Deberá la Administración Concursal presentar propuesta del plan de liquidación en los términos del art. 148 L.C., junto con el informe del art. 75 L.C.

Madrid, 15 de junio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Enrique Calvo Vergara.

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